Condiciones comerciales
Condiciones generales de venta, entrega y pago
1. En la presente relación comercial, así como en todas las relaciones comerciales futuras, se aplican junto con las condiciones expuestas en la oferta las siguientes condiciones generales de entrega y pago. A través de la confirmación del pedido, se invalidan las condiciones de compra divergentes del comprador.
2. Los subacuerdos o acuerdos complementarios requieren la forma escrita. Todas las ofertas de almacén están sujetas a disponibilidad.
3. El envío de todas las mercancías se efectúa por cuenta y riesgo del comprador, independientemente de si se trata de porte pagado, ex fábrica o desde almacén. No se asume responsabilidad por rotura, daño o pérdida durante el transporte, salvo que el vendedor sea el transportista. El lugar de cumplimiento es la fábrica suministradora correspondiente del vendedor.
4. Los avisos sobre plazos de entrega no convenidos expresamente no constituyen garantías contractuales. Para pedidos bajo demanda o pedidos sucesivos, la recepción de la mercancía vendida debe producirse a lo sumo en un plazo de 6 meses en fechas y cantidades distribuidas uniformemente dentro del plazo de aceptación. La recepción de la mercancía representa una obligación principal del comprador.
5. Solo se admiten modificaciones de la cantidad de entrega correspondientes a un aumento o una disminución del 20%. Asimismo están permitidas las variaciones habituales condicionadas por la fabricación en cuanto a dimensiones, contenido, peso y tonos de color. Los datos del vendedor sobre medidas y pesos de los medios de transporte y embalaje se facilitan según los datos de que dispone. Por tanto, no se asume garantía respecto a su cumplimiento exacto.
6. Los costes de fabricación, provisión, modificación, reparación o puesta a disposición de moldes y herramientas de fabricación corren a cargo del comprador. El vendedor conserva la propiedad de dichos moldes y herramientas, así como todos los derechos de propiedad intelectual sobre ellos, incluso una vez formalizado el pago. Esto no se aplica en caso de proporcionar el comprador moldes o herramientas propios para la realización de su encargo, sin que el vendedor los haya modificado de manera sustancial. Cualquier posible derecho exclusivo de suministro para los productos fabricados a partir de los moldes debe ser convenido expresamente con el comprador. El vendedor se compromete a tener disponibles los moldes y herramientas pagados por el comprador hasta su desgaste natural, o a lo sumo durante un plazo de dos años desde la última entrega.
7. Todos los catálogos, muestrarios, listas de precios y demás documentos de venta que reciba el comprador siguen siendo propiedad del vendedor y han de ser reenviados a éste, si así se solicita, junto con el resto de documentación del vendedor que tenga en su poder el comprador.
8. El comprador es el responsable de que la mercancía por él pedida no infrinja derechos de protección de terceros y exime al comprador de toda reclamación por daños y perjuicios que pudieran surgir de ello.
9. El vendedor limita su responsabilidad por todas las reclamaciones de daños y perjuicios alzadas contra él a los casos de dolo y negligencia grave. Esto se aplica especialmente a sus representantes legales, agentes y otras personas por su responsabilidad en caso de demora, imposibilidad, iniciación de negociaciones contractuales o reclamaciones derivadas del derecho de daños. En tanto esté permitido legalmente, la obligación del vendedor de pagar indemnización por daños y perjuicios, independientemente del fundamento jurídico en que se base, se limita al valor de la factura de los bienes implicados directamente en el suceso causante del daño. Esto no es aplicable en tanto en cuanto el vendedor conforme a los preceptos legales ineludibles responda de forma ilimitada por dolo o imprudencia grave.
10. Las huelgas, cierres patronales, ceses de la explotación y demás acontecimientos que limiten significativamente la producción del vendedor permiten la rescisión del contrato por parte de éste. El vendedor se reserva el derecho a efectuar modificaciones de precios en base a aumentos de costes, en especial debido a variaciones de los tipos de cambio, de aranceles y factores similares sobre los que el vendedor no tiene control alguno. En caso de incremento de los precios, el comprador está autorizado a desistir de encargos aún no ejecutados; el desistimiento debe comunicarse por escrito al vendedor en un plazo máximo de 10 días desde la notificación de los nuevos precios. Una vez transcurrido dicho plazo, queda descartada la posibilidad de desistimiento. Las modificaciones del tipo de cambio no autorizan al comprador a desistir del contrato.
11. Las reclamaciones solo serán contempladas cuando se efectúen inmediatamente después de la recepción de la mercancía. El envío de los bienes a terceros se considera como aceptación sin reservas de la mercancía. Las reclamaciones fundadas autorizan al vendedor a elegir entre la sustitución o reparación gratuitas de la mercancía. Las partes sustituidas vuelven a ser propiedad del vendedor. En caso de expirar el plazo adicional fijado al vendedor por el comprador sin que aquel haya subsanado el defecto, o de fallar la reparación o sustitución, el comprador está autorizado a exigir redhibición o rebaja. Los llamados envíos certificados no constituyen una condición convenida o garantía conforme a lo estipulado en los artículos 434, 443 del Código Civil alemán y no invalidan las obligaciones de inspeccionar y reclamar contenidas en el Código de Comercio alemán. De aportar efectivamente el vendedor datos sobre medidas, pesos o características concretas en certificados, este puede aducir en caso de discrepancia una disminución insignificante del valor o de la utilidad del producto. El certificado del vendedor expone claramente al comprador la organización de los controles de calidad internos establecidos y constituye un servicio adicional.
12. La mercancía entregada es propiedad del vendedor hasta el pago íntegro de todos los importes derivados de la relación comercial. Si los bienes sujetos a la propiedad del vendedor son tratados o manipulados, el vendedor es considerado fabricante y obtiene la propiedad de los bienes intermedios y finales. En caso de adquirir el comprador la titularidad única de los nuevos bienes mediante la combinación, mezcla o unión con otros bienes, el comprador y el vendedor acuerdan que el comprador concederá al vendedor copropiedad del nuevo bien proporcionalmente al valor de los bienes sujetos a la propiedad del vendedor. En todos los casos, el comprador custodia los nuevos bienes para el vendedor sin cargo alguno. El comprador puede revender los bienes sujetos a la propiedad del vendedor o los bienes en copropiedad en el ámbito comercial habitual. En este punto, el comprador transfiere sus exigencias derivadas de la reventa de dichos bienes al vendedor. El vendedor acepta la transferencia. El comprador recibe la potestad de cobro en tanto acate sus obligaciones respecto al vendedor y no incurra en deudas.
De así solicitarse, el comprador debe facilitar al vendedor todos los datos necesarios para el cobro de exigencias transferidas y entregar una lista de deudores. El comprador está autorizado a informar sobre la transferencia a sus deudores. El comprador se compromete a facilitar el acceso al lugar de ubicación de la mercancía a representantes del vendedor en todo momento. El comprador está obligado a informar al vendedor de inmediato acerca de las medidas de ejecución forzosa de terceros sobre los bienes sujetos a la propiedad del vendedor o en copropiedad, así como entregar las actas del agente judicial, autos de embargo u otra documentación. El vendedor se compromete a liberar el importe de la garantía conforme a las condiciones antes expuestas, si así lo desea, si la cantidad es un 20% superior a la obligación garantizada.
13. El pago al vendedor debe abonarse en el momento de entrega de la mercancía. Los descuentos de facturación y plazos de pago requieren un acuerdo específico. En todo caso se han de abonar intereses de demora un 8% superiores al tipo de interés básico vigente (artículo 288, apartado 2 del Código Civil alemán). Las posibles pretensiones de indemnización por daños adicionales derivados de la demora se mantienen intactas.
14. Toda entrega parcial constituye una transacción facturable por separado.
15. La demora en el pago, así como otros incumplimientos del contrato, autorizan al vendedor a retener sin previo aviso envíos posteriores o a exigir el pago anticipado de toda la mercancía pendiente de entrega. Por lo demás, se aplica el artículo 323 del Código Civil alemán. En caso de no efectuarse por esta razón la entrega de bienes solicitados y ya fabricados, el vendedor está autorizado a venderlos al mejor precio. El comprador renuncia a ejercitar un posible derecho de protección.
16. Las partes establecen Kleintettau como lugar de cumplimiento para la entrega y el pago. Como lugar de jurisdicción con competencia territorial y de atribución, se establece según determine el vendedor y con independencia de la cuantía del litigio el juzgado de instrucción de Kronach o la audiencia provincial de Coburgo. Rige exclusivamente la legislación alemana.
17. La nulidad de una condición no afecta la validez de las demás cláusulas. La condición nula no se suprime sin más, sino que debe ser sustituida por una regulación que se aproxime al resultado económico lo máximo posible y goce de validez.
18. Procesamos datos del cliente para cumplir el contrato/encargo y mantener la actual relación con el cliente. Los prestadores de servicios o bancos únicamente reciben datos de clientes en tanto sea imprescindible para la realización del contrato/encargo.